Roma, Italia. La empresa dominicana Dekolor SRL depositó ante la Cancillería Consular Italiana una denuncia-querella contra las empresas Consorcio Mobility ID, GET Group International y Midas Dominicanas, por la presunta violación de los artículos 473, 481, 515 y 517 del Código Penal de Italia, configurativos de los delitos de falsificación y violación de la ley sobre derecho de marca y propiedad industrial.
Según el documento, las empresas señaladas habrían patrocinado una falsificación y uso indebido de marca en el proceso de licitación convocado por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) para la concesión del nuevo contrato de emisión de licencias de conducir, identificado con el número INTRANT-CCC-LPN-2025-01, en el que el Consorcio Mobility ID participó como único oferente.
La instancia interpuesta por Dekolor SRL sostiene que las empresas dominicanas y extranjeras involucradas en la licitación alteraron los requisitos establecidos en el pliego de condiciones respecto a la impresora láser CLM600, adjudicándole su fabricación a GET Group International y afirmando que se produce en Italia. Sin embargo, la parte querellante asegura que se trata de una falsificación, ya que la supuesta fábrica mencionada por el consorcio Mobility ID “no existe en territorio italiano”.
En el documento depositado ante la Cancillería Italiana, los accionantes establecen que “la referencia en cuanto a la configurabilidad del delito previsto en el artículo 473 del Código Penal Italiano se refiere a la fe pública en sentido objetivo, entendida como la vulneración de la confianza de los ciudadanos en las marcas y signos distintivos que identifican las obras del ingenio y los productos industriales, y que garantizan su circulación en beneficio del titular de la marca para mantener la certeza sobre la función del signo distintivo como garantía de calidad y originalidad del producto”.
Dekolor argumenta que, al presentar en una licitación pública una impresora alegando falsamente que es de fabricación italiana, sin autorización de la supuesta empresa fabricante, se configura el delito penal de falsificación de marca.
En cuanto a los delitos contemplados en los artículos 515 y 517 del Código Penal Italiano, se establece que los bienes jurídicos protegidos por dichas normas se refieren al leal ejercicio de la actividad comercial y a la regularidad del orden económico, entendida como la transparencia del mercado y la fiabilidad de las mercancías en circulación.
Mediante nota de prensa, la querellante informó que su abogado constituido, Luca Barotini, del Foro de Génova, con oficina en Piazza Covertto 2/6, garantiza que se llevará a cabo un proceso de investigación y posterior sometimiento penal contra las empresas Consorcio Mobility ID, Midas Dominicanas y GET Group International, ya que los hechos denunciados fueron cometidos, en parte, en territorio italiano.
Se recuerda que la Alianza Dominicana Contra la Corrupción (ADOCCO) presentó a inicios de octubre una denuncia-querella ante la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), por hechos similares relacionados con el proceso de licitación para la contratación del sistema de emisión de licencias de conducir del Intrant.













